- Más de PEN 49 millones para la reactivación económica de la maricultura de conchas de abanico en Piura
El Ministerio de la Producción (Produce) de Perú publicó hace muy pocos días la propuesta normativa que modifica el artículo 10 del Reglamento de la Ley General de Acuicultura, con el objetivo de optimizar la producción acuícola en sus tres categorías productivas. En ese sentido, se propone cambiar el indicador de medición para la categorización de la actividad acuícola, la cual previamente se realizaba en toneladas capturadas por año y ahora se medirá en Unidades Impositivas Tributarias (UIT).
Ahora, para la categoría Acuicultura de Recursos Limitados (AREL), se plantea que la venta anual deberá ser menor o igual a 10 UIT; para Acuicultura de Micro y Pequeña Empresa (AMYPE), mayor a 10, pero menor o igual a 1,700 UIT; y para Acuicultura de Mediana y Gran Empresa (AMYGE), mayor a 1,700 UIT. La medida, informaron desde el Ministerio, busca en última instancia facilitar la inversión, impulsar el desarrollo productivo y el crecimiento empresarial de la acuicultura, a fin de fomentar su escalamiento y eliminar barreras en los trámites administrativos para el desarrollo de esta actividad.Momento de presentar sugerencias, comentarios y/o recomendaciones
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